Banco de México publica disposiciones sobre ley fintech y divisas virtuales

El Banco de México, banco central de este país, ha emitido las circulares 4/2019, 5/2019 y 6/2019. De estos, el primero es de interés particular para el sector fintech y de las divisas virtuales: “Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Instituciones de Crédito e Instituciones de Tecnología Financiera en las Operaciones que realicen con Activos Virtuales”.

El Banco de México, en cumplimiento a lo establecido en la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (Ley), publicó en el Diario Oficial de la Federación del día de hoy las circulares 4/2019, 5/2019 y 6/2019 por las que emite las “Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Instituciones de Crédito e Instituciones de Tecnología Financiera en las Operaciones que realicen con Activos Virtuales”, “Disposiciones de Carácter General en Materia de Modelos Novedosos”, y “Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Instituciones de Financiamiento Colectivo en las Operaciones que Realicen en Moneda Extranjera y los Reportes de Información al Banco de México”, respectivamente.

El Banxico señala «estima conveniente mantener una sana distancia entre tales activos y el sistema financiero, dados los riesgos que la operación con estos pudiera conllevar para los usuarios, para las instituciones que operen con ellos y para el sistema financiero en general. No obstante, también es de interés de este Instituto Central permitir el uso de tecnologías innovadoras que pudieran generar un beneficio desde la perspectiva de eficiencia o funcionalidad». En otras palabras, entiende que hay nuevas tecnologías que pueden otorgar beneficios para la sociedad, pero por otro lado desea mantener una distancia respecto de ellas. Por esto, ha establecido las condiciones para que las empresas que operan en este sector pueden obtener la autorización legal necesaria.

Ya en las disposiciones directamente comenta sobre la volatilidad de los activos virtuales, y que esto los hace costosos y difícilmente escalables para ser usados para celebrar transacciones. Además, indica que existen riesgos para quienes tienen estos activos, debido a la complejidad de esta tecnología, lo que aquí hemos explicado en más de una ocasión.

Del punto de vista de las empresas que operan u ofrecen servicios con estos activos, los puntos a tener en cuenta son:

  • Podrían ver factible que las empresas utilicen tecnologías como registro distribuidos, cadena de bloques o los propios activos virtuales en sus procesos internos, siempre y cuando los riesgos no impacten al consumidor final.
  • Se ve conveniente mantener una sana distancia entre los activos virtuales y el sistema financiero. Señalan que debido al riesgo en cuanto a recursos de procedencia ilícita por la facilidad de transferirlos entre jurisdicciones diferentes, en donde no existen controles y medidas de prevención a nivel global.

Finalmente, hay que comentar que esta disposición está abierta a un periodo de consulta pública del 11 de marzo al 5 de junio del 2019, por lo que los actores del sector fintech deberían efectuar los comentarios u observaciones que consideren necesarias.