Suiza: empresas pueden registrarse y operar con Bitcoin

Aunque se reconoce a Suiza como unos de los países con mayor libertad en términos de empresas y finanzas, no está exento de la burocracia financiera internacional, y es que en enero del 2018 el gobierno suizo ha recibido una serie de recomendaciones del Foro Global por la Transparencia e Impuestos de la OECD, aquél club a cual muchos países quieren pertenecer. Este foro ha recomendado implementar algunas medidas respecto a la transparencia de los propietarios de las empresas suizas.

En julio del mismo año, el gobierno ha propuesto un proyecto de ley que entre otras cosas obligaba a las empresas a abrir cuentas bancarias para efectos de su registro y operación. En vista de esto, y en el marco del periodo de recepción de comentarios, la Asociación Bitcoin de Suiza ha presentado una carta donde mostraba su preocupación particular sobre la obligación de la cuenta bancaria del artículo 958g del proyecto de ley. Argumentan que muchos bancos no desean involucrarse con empresas que tengan alguna asociación a Bitcoin o a divisas virtuales, en general, lo cual impediría la libertad de creación de empresas en el sector de divisas virtuales o “cripto”. Situaciones similares hemos conocido en más de una ocasión aquí con los cierres de cuentas en a casas de cambio en Israel y en Chile.

La última semana esta historia ha llegado a un final afortunado pues el Consejo Federal ha decidido desestimar este artículo, lo que en términos prácticos significa que las empresas relacionadas a divisas virtuales, como Bitcoin, pueden operar íntegramente utilizando las mismas. No están obligadas a abrir cuentas bancarias, si así lo consideran, para pagar sus obligaciones laborales y servicios que demanda su operación, entre otros. Por supuesto, el caso de las casas de cambio es un poco diferente por el tipo de negocio donde necesitan contar con cuentas bancarias para recibir fondos fíat de sus clientes.

Perú

El artículo 23 de la ley Nº 26887 Ley General de Sociedades, que rige la constitución y registro de empresas, señala explícitamente que:

Los aportes en dinero se desembolsan en la oportunidad y condiciones estipuladas en el pacto social. El aporte que figura pagado al constituirse o al aumentarse el capital debe estar depositado, a nombre de la sociedad, en una empresa bancaria o financiera del sistema nacional al momento de otorgarse la escritura pública correspondiente.

Lo cual significa que si dos socios desean registrar su aporte de capital, cada uno 1 Bitcoin, no podrían hacerlo pues en primer lugar ningún banco peruano ofrece cuentas de ningún tipo en esta denominación. Sin embargo, sí podrían emplear Bitcoin para sus operaciones, una vez registrados.

En Ohio las empresas podrán pagar todo tipo de impuestos, como el de ventas o retenciones a los empleados, con Bitcoin. Así Ohio se convierte en el primer estado de EE. UU. que acepta Bitcoin para el pago de impuestos. Esperan que esto también se expanda a individuos.

https://www.wsj.com/articles/pay-taxes-with-bitcoin-ohio-says-sure-1543161720?redirect=amp